De la literalidad a la teleología: la doble vara de medir y a ver si nos entendemos

Un moment d’un ple municipal.

Los chicos y chicas de FIC me han hecho llegar el acuerdo de denegación de palabra en el pleno de diciembre que el alcalde ha protagonizado mediante un decreto del 20 de enero que me ha dejado patitieso. Lo explico. Esa entidad torraculions para el poder —molesta, vaya— viene pidiendo desde hace meses la palabra en el pleno municipal, que luego cede a portavoces de colectivos distintos para que expliquen sus quejas. Lo hace por tres razones, según creo. La primera, porque está de acuerdo con que los vecinos se expliquen en el templo de la palabra a nivel local que es el plenario. La segunda, porque sus estatutos proclaman que la entidad defiende la libertad de los ciudadanos para que se expresen donde sea y la tercera, porque el Reglamento de Participación del Pleno y del resto de plataformas institucionales está expresamente diseñado para restringir el uso de la palabra de manera extensa, libre y plural.

A la entidad ya le llegó hace meses, que ese alcalde humanista de las nuevas maneras, el amigo triple Q, se anduvo quejando por los pasillos de que había vecinos que tomaban la palabra sin tener derecho y que los insensatos de ERC/EUiA que eran simplemente los tramitantes de los permisos, andaban detrás de esos excesos libertarios. Y que había que impedirlo. Los de FIC tienen en sus manos este instrumento sobre el que me leéis (lestaca.com), que lleva tanto tiempo diciendo verdades como puños que no solo están soliviantados los que consideran que nacieron a la política para ostentar el poder omnímodo en esta ciudad, sino los que acompañan a ratos a la camarilla del Jesusillos con el que se hacen fotos. Tendrán que aceptarlo, pero les cuesta y, como les cuesta, van a poner todas las pegas posibles para impedir que FIC se les suba a las barbas.

No deja de ser curioso —y yo no sé de leyes, pero hay cosas que chirrían— que el alcalde decrete el 20 de enero que se le impida la palabra a FIC en el pleno del 20 de diciembre anterior y que los argumentos utilizados para ello formen parte de un Informe del secretario de la Corporación de fecha 17 de enero de este año, no del pasado. Y que todavía no hayan encontrado el momento, pese a que el decreto obliga a ello, de transmitirles oficialmente la denegación de palabra a la entidad solicitante.

Pero eso no es lo peor. Lo peor son las razones alegadas que pone de manifiesto don FAS, el secretario, para darle la razón a su alcalde con el que necesita llevarse muy bien. Dice que FIC es una cosa exclusiva de periodistas y que solo le interesa la información y por eso la entidad tiene casi 60 socios entre los que solo hay un par o tres de profesionales del tema. Y, por cierto, ni un solo profesional de los medios oficiales del gobierno local, que no quieren ni acercarse a sus actos no sea que les condenen en su puesto de trabajo al ostracismo eterno. Todos los que se mueven en la ciudad —y aunque el equipo de gobierno se mueve poco controla el tránsito— saben de sobras que FIC es una entidad crítica que suele poner el dedo donde a todos les perturba y no solo en materia informativa, claro está. Unos, porque se juegan el salario, otros la subvención, otros el trato deferente y buena parte, todo ello a la vez. Los de FIC no necesitan jugarse nada, porque nada tienen, desde sus inicios: ni salarios, ni subvenciones ni tratos deferentes. Y ni los tienen, ni los necesitan y probablemente ni siquiera los desean. Se conforman con que les lean, les escuchen y puedan ayudar a otros a reflexionar, a ser menos autoritarios, más empáticos, mucho más condescendientes y a ser bastante más inteligentes de lo que son.

Pero lo dicho. El secretario dice que FIC es una cosa que no es, y niega que sea exactamente lo que es: una entidad al servicio de la ciudadanía para evitar las restricciones arbitrarias sobre sus derechos. Entre ellos, el de la libertad de expresión en el pleno municipal. Pero dice bastante más, tanto, que el alcalde le tendría que llamar al orden porque entre tanta interpretación subjetiva sobre las finalidades de una entidad, clarifica la literalidad, pero también el trasfondo real del reglamento aprobado. Dice el amigo FAS: “no hay duda de que la normativa de participación del Ayuntamiento por lo que hace a la participación en el Pleno, tiene una finalidad clara de reconocer el derecho a participar en el Pleno solo a un grupo reducido de sujetos”. Y dice verdad. Cuantos menos molesten en el pleno, mucho mejor para el gobierno. Si pudiera prohibir la presencia pública, sin duda la prohibiría. Todo lo que molesta, mejor que deje de existir, eh?, valientes de FIC…

FAS dice otras cosas divertidas, por ejemplo, que en las interpretaciones de las normas una cosa es el criterio interpretativo literal y otra cosa muy distinta el criterio interpretativo teleológico. Lo usa para el reglamento de participación, pero se lo guarda para la interpretación de los Estatutos de FIC. Pues bien, el criterio interpretativo teleológico que sirve para entender que no se quiere que participen los vecinos que van por libre por muchas razones que tengan, debería servir para entender que las finalidades de FIC van más allá del fomento de la información crítica: tienen que ver con la libertad de expresión, la adopción de acuerdos trascendentales escuchando a la ciudadanía y la ejecución de acuerdos de gobierno que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos y no que la perjudiquen como llevan tantos años haciendo en l’Hospitalet.

FAS, está feo ser literal para unas cosas y teleológico para otras. Y de paso, explícaselo al que firma el decreto, que seguro que lo ha firmado sin saber de qué hablas…

Deixa un comentari

Aquest lloc utilitza Akismet per reduir els comentaris brossa. Apreneu com es processen les dades dels comentaris.